Sunday, February 5, 2012

RESPONSABILIDAD DE LOS CIUDADANOS Y LAS LEYES


                 El D.R.N.A. Posee el Reglamento 6765 del 11 de febrero de 2004, llamado “El Reglamento para regir la conservación y el manejo de la vida silvestre, las especies exóticas y la caza en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico".     
                En este se identifica las especies exóticas que pueden ser importadas a la Isla sin permiso. Aquellas especies que no se encuentren en la lista no pueden ser importadas y de así hacerlo la persona incurrirá en un delito y será penalizado, según dispone la Nueva Ley de Vida Silvestre, Ley 241 del 15 de agosto de 1999.
                Antes de comprar una especie exótica asegúrese de que su posesión es legal en Puerto Rico. En caso de que no pueda manejar o mantener el animal, no lo deje en libertad, ya que la especie puede reproducirse convirtiéndose en una plaga o afectando a la salud y seguridad de la ciudadanía. 


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